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ADMINISTRACIÓN DE LA LEY DE DEPENDENCIA

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Descripción

Descripción breve

La Ley de dependencia, es una ley española que crea el actual Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, que es el conjunto de servicios y prestaciones destinados a la promoción de la autonomía personal, así como a la protección y atención a las personas, a través de servicios públicos y privados concertados debidamente acreditados.

 

Duración

4 meses

400 horas
 
 

Objetivos

-Conocer las acciones prácticas necesarias en el proceso de obtención del documento que acredita la situación de dependencia, así como las características de las prestaciones y beneficios derivados de él.

-Manejar la información sobre elementos que intervienen en el proceso de fomento de la autonomía personal de las personas dependientes, para que redunde en una mejor calidad de vida de las personas en situación de dependencia.

-Saber localizar la información y reglamentación básica aplicable para promover la autonomía y calidad de vida de personas dependientes.7

 

Resumen temario

CAPÍTULO PRIMERO—LA LEY DE DEPENDENCIA EN EL SISTEMA CONSTITUCIONAL DE REPARTO COMPETENCIAL ENTRE EL ESTADO Y LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS. EN ESPECIAL, LA PROHIBICIÓN DE ADMINISTRACIÓN MIXTA

I. PLANTEAMIENTO

II. LOS LÍMITES COMPETENCIALES DEL ESTADO PARA APROBAR LA LEY DE DEPENDENCIA

  1. Caracterización del art. 149.1.1.ª CE en la jurisprudencia constitucional
  2. La creación de un nuevo derecho subjetivo de ciudadanía  
  3. La garantía del nuevo derecho a través del SAAD
    1. Contenido sustantivo del nuevo derecho. En especial, la triple esfera de protección del derecho  
    2. Aspectos organizativos
    3. Aspectos procedimentales
  4. Incidencia en la gestión de las prestaciones que hacen efectivo el derecho

III. EL ENCAJE CONSTITUCIONAL DEL CONSEJO TERRITORIAL DEL SAAD EN EL SISTEMA CONSTITUCIONAL DE REPARTO COMPETENCIAL

  1. El Consejo Territorial del SAAD como Administración mixta
    1. La composición y el funcionamiento del Consejo Territorial del SAAD
    2. Las funciones del Consejo Territorial del SAAD
  2. La prohibición constitucional de Administración mixta

 IV. BIBLIOGRAFÍA

 

 

CAPÍTULO SEGUNDO—MUNICIPIOS Y COMUNIDADES AUTÓNOMAS EN LA GESTIÓN DEL SISTEMA DE AUTONOMÍA Y ATENCIÓN A LA DEPENDENCIA

 I. INTRODUCCIÓN

 II. LA CONFIGURACIÓN GENERAL DEL SISTEMA

  1. Estado y Comunidades Autónomas
  2. Comunidades Autónomas y Entes locales
  3. Dependencia y servicios sociales
  4. Las relaciones interadministrativas

 III. LA POSICIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

  1. Competencias y regulación
  2. Organización administrativa
  3. Estructura funcional
  4. Estructura territorial
  5. La Comunidad Autónoma en la gestión del sistema

 IV. LA POSICIÓN DEL MUNICIPIO

  1. Competencias
  2. Organización administrativa
  3. Los Municipios en la gestión del sistema

 V. CONCLUSIONES

 VI. BIBLIOGRAFÍA

 

 

CAPÍTULO TERCERO—CONVENIOS ADMINISTRATIVOS EN EL SISTEMA DE PROMOCIÓN DE LA AUTONOMÍA PERSONAL Y ATENCIÓN A LA DEPENDENCIA

 I. INTRODUCCIÓN.

 II. CONVENIOS ENTRE EL ESTADO Y LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS

  1. Planteamiento
  2. Financiación convencional del nivel mínimo de protección
  3. Financiación convencional del nivel «acordado» de protección

 III. CONVENIOS CON AYUNTAMIENTOS

  1. Introducción y planteamiento
  2. Caracterización jurídica de los convenios municipales de dependencia
    1. A) Los convenios de dependencia como convenios de servicios sociales
    2. B) Competencias sobre servicios sociales y convenios de dependencia
    3. C) Los convenios de servicios sociales como convenios de colaboración
    4. D) Tipología de convenios
  3. Contenido de los convenios
  1. Asistencia financiera
  2. Ordenación de los servicios municipales
  3. Controles autonómicos
  4. Comisiones de seguimiento

 IV. BIBLIOGRAFÍA

 

 

CAPÍTULO CUARTO—EL PRINCIPIO DE IGUALDAD Y EL PROCEDIMIENTO PARA EL RECONOCIMIENTO DE LA SITUACIÓN DE DEPENDENCIA Y EL DERECHO DE ACCESO A LAS PRESTACIONES DEL SISTEMA PARA LA AUTONOMÍA Y ATENCIÓN A LA DEPENDENCIA

I. EL DERECHO A LA PROMOCIÓN DE LAAUTONOMÍA PERSONAL Y ATENCIÓN EN SITUACIONES DE DEPENDENCIA COMO DERECHO PÚBLICO SUBJETIVO DE FORMACIÓN SUCESIVA

  1. Introducción. Los derechos públicos subjetivos de formación sucesiva
  2. La configuración legal del derecho a la promoción de la autonomía personal y la atención las personas en situación de dependencia como derecho público subjetivo de formación sucesiva

II. EL PRINCIPIO DE IGUALDAD EN EL RECONOCIMIENTO DEL DERECHO A LA PROMOCIÓN DE LA AUTONOMÍA PERSONAL Y ATENCIÓN EN SITUACIONES DE DEPENDENCIA Y DE ACCESO A LOS SERVICIOS Y PRESTACIONES

  1. El alcance del principio de igualdad: en el reconocimiento del derecho a acceder a las prestaciones y servicios y en el contenido prestacional del derecho
  2. Las técnicas orgánicas dirigidas a garantizar la igualdad en el acceso al SAAD y, por tanto, en el reconocimiento del derecho a la atención en situaciones de dependencia en todo el territorio del Estado
  1. El título competencial del art. 149.1.1.ª de la Constitución y la necesidad de cooperación con las Comunidades Autónomas
  2. El Consejo Territorial del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia. Funciones
  3. Los órganos de valoración de la situación de dependencia
  1. El baremo de valoración de la dependencia como técnica funcional dirigida a garantizar la igualdad en el acceso al SAAD y, por tanto, en el reconocimiento del derecho a la atención en situaciones de dependencia

III. LA GARANTÍA DE LA IGUALDAD EN EL PROCEDIMIENTO DE VALORACIÓN DE LA SITUACIÓN DE DEPENDENCIA Y DE RECONOCIMIENTO DEL DERECHO A ACCEDER A LOS SERVICIOS Y PRESTACIONES NECESARIOS: CONDICIONES BÁSICAS ESTABLECIDAS POR LA LAPAD Y CRITERIOS BÁSICOS ACORDADOS POR EL CONSEJO TERRITORIAL

  1. Las condiciones básicas establecidas en la LAPAD para garantizar la igualdad en el marco del procedimiento para el reconocimiento de la situación de dependencia y del derecho a acceder a las prestaciones y servicios del SAAD
  1. En cuanto a la valoración de la situación de dependencia (art. 27)
  2. En cuanto al régimen jurídico básico del procedimiento para el reconocimiento de la situación de dependencia y del derecho a las prestaciones (art. 28)
  3. El programa individual de atención (PIA)
  4. En cuanto al plazo máximo legalmente establecido para la tramitación del procedimiento y notificación de la resolución
  5. La efectividad del derecho de acceso a las prestaciones económicas de dependencia
  1. Los criterios básicos del procedimiento de valoración acordados por el consejo territorial del SAAD, garantía del derecho a acceder a las prestaciones y servicios en condiciones de igualdad en cualquier parte del territorio del Estado
  1. Los criterios básicos relativos a las actuaciones y trámites del procedimiento de valoración
  2. En cuanto al informe de salud
  3. En cuanto al plazo de revisión de la valoración del grado y nivel declarado
  4. La implantación de sistema de gestión de calidad de los procesos de valoración
  5. Plazos de resolución de los procedimientos administrativos tramitados con arreglo a la LAPAD y requisitos para presentar la solicitud

 IV. BIBLIOGRAFÍA

 

 

CAPÍTULO QUINTO—LA FINANCIACIÓN DE LA GESTIÓN MUNICIPAL DE LAS PRESTACIONES DE LA ATENCIÓN A LA DEPENDENCIA

I. INTRODUCCIÓN

II. EL MODELO DE FINANCIACIÓN DEL SISTEMA DE ATENCIÓN A LA DEPENDENCIA PREVISTO EN LA LAPAD

  1. La corresponsabilidad financiera de las Administraciones públicas: nivel mínimo de protección, nivel acordado y silencio legal en relación con la participación financiera de los Entes locales
  1. La financiación del nivel mínimo de protección
  2. La financiación del nivel acordado
  3. La omisión de referencias en la LAPAD a la financiación de las EELL
  1. La financiación privada por el usuario. La resolución del consejo territorial de 2 de diciembre de 2008

III. LA FINANCIACIÓN DE LOS SERVICIOS SOCIALES A NIVEL LOCAL SEGÚN LA LEGISLACIÓN AUTONÓMICA

  1. Financiación por los Entes locales de los servicios sociales de su competencia
  1. Previsiones legales sobre la financiación por las EELL en materia de servicios sociales
  2. Los servicios sociales de competencia local incluyen ciertos servicios y actividades de Atención a la Dependencia
  3. El Plan Estratégico de Servicios Sociales y la Cartera de Servicios sociales, como condicionantes de la financiación local
  1. La financiación de los servicios sociales básicos
  2. La financiación de los servicios sociales especializados
  3. La financiación de los servicios sociales por los usuarios

IV. LA FINANCIACIÓN EN LOS CONVENIOS DE COLABORACIÓN PARA EL DESARROLLO DE LOS SERVICIOS SOCIALES BÁSICOS, INCLUYENDO LA ATENCIÓN A LA DEPENDENCIA, EN EL MARCO DEL PLAN CONCERTADO

  1. El plan concertado para el desarrollo de prestaciones básicas de servicios sociales en corporaciones locales
  1. El Plan concertado para el desarrollo de Servicios Sociales por las Corporaciones locales, 1988-2009
  2. El Plan concertado para el año 2011
  1. La financiación en los convenios de colaboración entre la Comunidad de Madrid y las EELL para la prestación de servicios sociales y de atención a la dependencia
  2. La financiación en la regulación de Castilla-La Mancha de los convenios de colaboración con las entidades locales para el desarrollo de las prestaciones básicas de la red pública de servicios sociales
  3. La financiación en los contratos programas plurianuales para la colaboración en materia de servicios sociales integrados en Cataluña
  4. La diversa instrumentación financiera de los convenios de colaboración entre comunidad autónoma y Ente local en la atención a la dependencia. Tendencias y problemas detectados
  1. La mayoría de los convenios de colaboración entre Comunidad Autónoma y EELL exigen la colaboración financiera de éstas, con diverso grado de aportación en cada territorio
  2. La tendencia a establecer convenios de colaboración con mayor estabilidad financiera
  3. El diverso objeto de los convenios de colaboración sobre Atención a la Dependencia y en particular su relación con el objeto del Plan Concertado
  4. Algunos problemas suscitados en la práctica

V. ALGUNAS CUESTIONES SOBRE ELCOPAGO DE LAS PRESTACIONES DE LA LAPAD A NIVEL LOCAL

VI. RESUMEN Y CONCLUSIONES. CUESTIONES PENDIENTES

VII. BIBLIOGRAFÍA

 

 

CAPÍTULO SEXTO—DERECHOS FUNDAMENTALES EN LA RESIDENCIA DE MAYORES

I. PLANTEAMIENTO METODOLÓGICO

  1. Caracterización general de la situación en la residencia de mayores desde la perspectiva de los derechos fundamentales: el estado de la libertad ponderada. La inadecuación dogmática de la relación especial de sujeción
  2. Una aproximación al catálogo de los derechos fundamentales con algo más de precisión: los derechos fundamentales que entran (y los que no entran) en conflicto con el deber de cuidado
  3. La cuestión dogmática de la Drittwirkung (eficacia frente a terceros de los derechos fundamentales) en las residencias privadas
  4. Tres perspectivas básicas del análisis: sustantivo-material, organizativa y procedimental

II. PERSPECTIVA SUSTANTIVO-MATERIAL: LOS DERECHOS FUNDAMENTALES DE LA INMEDIATEZ PERSONAL-CORPORAL

  1. El derecho a la libertad personal
  2. El derecho a la intimidad
  3. El uso de sujeciones físicas y farmacológicas
  4. La alimentación artificial
  5. Una vertiente prestacional de derechos fundamentales que fuera de la residencia son sobre todo derechos de libertad

III. PERSPECTIVA ORGANIZATIVA: LOS DERECHOS FUNDAMENTALES DEL PLURALISMO IDEOLÓGICO CUYO EJERCICIO SE OPTIMIZA CON ADECUADAS REGULACIONES ORGANIZATIVAS

  1. El principio organizativo del pluralismo prestacional
  2. La participación en la determinación de las condiciones de la vida en común

IV. PERSPECTIVA PROCEDIMENTAL: REGLAS INSTRUMENTALES SOBRE OBTENCIÓN Y TRATAMIENTO DE LA INFORMACIÓN PARA LA ADOPCIÓN DE DECISIONES ADECUADAS AL EJERCICIO DE TODOS LOS DERECHOS FUNDAMENTALES

  1. Procedimiento en sentido amplio como reglas sobre obtención y tratamiento de la información
  2. Información del prestador al destinatario de la prestación
  3. Información del destinatario de la prestación al prestador
  4. Tramitación y resolución de las quejas
  5. Instrucciones previas
  6. Reglas sobre representación, consentimiento, audiencia y autorización judicial para la adopción de decisiones